6.2 Estructura y Secciones del menú participa.
e.s.e Hospital San Jerónimo de montería
6.2.1. Diagnóstico e identificaicón de problemas:
6.2.1.a. Publicación temas de interés.
6.2.1.b. Caja de herramientas.
6.2.1.c. Herramienta de evaluación.
6.2.1.d. Divulgar resultados.
6.2.2. Planeación y presupuesto participativo:
En virtud del marco normativo que nos rige (Decreto 1876 de 1994, Decreto 883 de 2015) y demás normas concordantes, la E.S.E. Hospital San Jerónimo de Montería no decide y delibera conjuntamente con la ciudadanía la asignación de los recursos públicos, dado su carácter de Empresa Social del Estado, del orden municipal, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sujeta al régimen jurídico propio de las personas de derecho público, con las excepciones que consagren las disposiciones legales, cuyo objetivo es la prestación de servicio de salud, entendido como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud; razón por la cual, no le aplica el reporte y divulgación de información respecto al proceso de planeación y presupuesto participativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 y ss. de la Ley 1757 de 2015.
6.2.3. Consulta Ciudadana:
En virtud del marco normativo que nos rige (Decreto 1876 de 1994, Decreto 883 de 2015) y demás normas concordantes, la E.S.E. Hospital San Jerónimo de Montería no adelanta mecanismos de participación, entre los que se encuentra el denominado consulta ciudadana, por su carácter de Empresa Social del Estado, del orden municipal, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sujeta al régimen jurídico propio de las personas de derecho público, con las excepciones que consagren las disposiciones legales, cuyo objetivo es la prestación de servicio de salud, entendido como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud; razón por la cual, no le aplica el reporte y divulgación referida a este mecanismo previsto en el artículo 11 literal i) de la Ley 1712 de 2014, en congruencia con las disposiciones citadas.
6.2.4. Colaboración e innovación:
La E.S.E. Hospital San Jerónimo de Montería…
6.2.5. Rendición de cuentas:
La rendición de cuentas, es el espacio donde la E.S.E. Hospital General de Medellín da a conocer la información sobre los resultados y la San Jerónimo de Montería gestión realizada, a toda la comunidadn y grupos de interés.
6.2.6. Control social:
En virtud del marco normativo que nos rige (Decreto 1876 de 1994, Decreto 883 de 2015) y demás normas concordantes, la E.S.E. Hospital San Jerónimo de Montería no ejerce control social, por su carácter de Empresa Social del Estado, del orden municipal, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sujeta al régimen jurídico propio de las personas de derecho público, con las excepciones que consagren las disposiciones legales, cuyo objetivo es la prestación de servicio de salud, entendido como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud; razón por la cual, no le aplica el reporte y divulgación de información referente a procesos que efectúe en materia de control social, en congruencia con lo preceptuado en los artículos 60 y ss. de la Ley 1757 de 2015.